AUTOR: Rodriguez Armando
PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA: Revista Visión Gerencial
Análisis de las diversas teorías que sustentan la existencia de una inexorable relación de dependencia entre: formación, empleo y desarrollo.
Capital Humano: Los individuos emplean parte de su renta de diversas maneras adquiriendo múltiples y variados bienes y servicios en el mercado en procura de su satisfacción personal, que son considerados como inversión y no como gasto de consumo, y precisamente la educación entra dentro de ese conjunto de ser vicios adquiridos por el individuo, al cual se le da una gran relevancia como inversión a futuro.
Es lógico suponer que en la medida en que aumente su nivel de productividad, aumentará también su nivel de ingreso.
La teoría del credencialismo: plantea a manera de crítica respecto a la anterior, que no es el número de años de escolarización el factor que determina la correlación: educación, empleo y renta y, por ende, desarrollo económico, sino más bien, que tal fenómeno viene determinado por el destacado rol que en el mercado de trabajo juegan los títulos y diplomas como instrumentos de selección de un individuo para determinado puesto laboral.
Teoria Radical: fortalecer la empíricamente comprobada relación entre educación, empleo y renta, pero a diferencia de la teoría del capital humano, consideran que un mejor currículum no es garantía de mejores oportunidades de empleo y mayores niveles de ingreso, ya que es la estructura social y política la que asigna las mejores oportunidades de empleo en el mercado laboral en función de factores sociales y económicos que terminan perjudicando gravemente a quienes posean menores recursos económicos y un estatus social más bajo.
Mercado laboral venezolano Venezuela ha asumido y continúa asumiendo un elevado costo de oportunidad al tratar de fortalecer la relación entre: educación, empleo y renta desde el nivel central de gobierno, por lo cual, se impone la necesidad de incluir un enfoque de eficiencia económica en el diseño, ejecución y control de las políticas públicas en el campo laboral y su vinculación con el nivel de desarrollo, a través de la visión local de desarrollo económico y el concepto de Agencias de Empleo como factor motorizante del mismo.
Cuando se piensa en Desarrollo Local, se hace alusión a un proceso interdisciplinario, democrático y transparente en la toma de decisiones, con un elevado nivel de participación ciudadana y rigurosos sistemas de control y responsabilidad social en la rendición de cuentas, de un proceso que diseña, ejecuta y controla políticas públicas a nivel microeconómico, con el ánimo de fomentar el crecimiento y el desarrollo de una determinada localidad, con base en sus potencialidades económicas, respetando el factor cultural propio de la región y su medio ambiente.
Las agencias de empleo local surgieron en Europa a mediados del los años 70 como instrumentos para promocionar incentivos y articular mecanismos, mediante los cuales las administraciones públicas locales actuasen como impulsoras del Desarrollo Local, logrando la reducción del desempleo y el mantenimiento de la población. De acuerdo con estas necesidades, se crea la figura de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local (AEDL), como trabajadores contratados por las respectivas corporaciones locales. La mayoría de los agentes de empleo cuenta con el apoyo de las administraciones locales en diversos campos: ser vicios técnicos y asesoramiento, cursos de formación y reciclaje profesional, así como en la colaboración y puesta en marcha de nuevos incentivos y proyectos en el colectivo local.
Las Agencias de Empleo y Desarrollo Local (ADL), se han convertido en una pieza de dinamización y crecimiento fundamental para cualquier territorio. Su primordial objetivo es fomentar el nivel de empleo en cada región, por lo que sus actividades se orientan básicamente al diseño y fomento de proyectos pertinentes en cada región, desde el ámbito social, cultural y ecológico, para lo cual requiere implementar planes de formación especializada que garanticen la inserción del colectivo desempleado en el manejo y control de los mismos.
Las Agencias de Empleo Local surgieron en los años 90, producto de un estrategia implementada por la Organización internacional del Trabajo (OiT), como instrumento privilegiado para la generación de empleo e ingresos a través de la promoción empresarial. Dentro de las experiencias exitosas más destacadas, señala Casanova (2004), las siguientes: a).
- El programa Aprender Trabajando (PAT) en Buenos Aires
- El Polígono industrial Don Bosco (PiDB) en El Salvador
- El Ser vicio Nacional de Aprendizaje industrial (SENAi), surgido en 1942 en la población de Santa Catarina en Brasil
Venezuela cuenta con un amplio y diversificado basamento legal que perfectamente da cabida a la puesta en marcha de las Agencias de Empleo y Desarrollo Local, encajando perfectamente en el destacado peso que la Constitución Nacional y el conjunto de leyes orgánicas que sustentan el proceso de descentralización les otorgan a la participación ciudadana y a la contraloría social como principios básicos para la asignación eficiente de recursos a través de las distintas políticas públicas, lo cual constituye el aporte fundamental de este trabajo. Sin embargo, se requiere con urgencia la definición de una política de empleo eficiente a nivel nacional sustentada en la teoría del capital humano, que englobe y apoye el fomento de las Agencias de Empleo a nivel local.
Sin embargo, la situación venezolana es muy particular en relación con el fomento del Desarrollo Local, pues a pesar de contar con un marco jurídico adecuado y acorde para su puesta en marcha, ha faltado y sigue faltando voluntad política para incorporar los correctivos necesarios que hagan eficientes las administraciones locales en este campo.
Es característica fundamental la gran ineficiencia que agobia todos los niveles de gobierno: local, regional y central en el diseño, implementación y ejecución de las políticas públicas de fomento al Desarrollo Local, observándose que no existen políticas de empleo concretas en ningún nivel gobierno, pese a que el ordenamiento jurídico vigente así lo exige.